Defensa Familiar en Casos Sociales

Derecho de familia / Defensa Social Familiar

Defensa en Casos de Familia

Garantizar la protección integral del menor ante situaciones de vulnerabilidad económica representa una prioridad legal. La escasez de recursos jamás debe impedir el acceso formal a la justicia.

Brindamos patrocinio técnico en casos de alimentos, tenencia y visitas, tramitando el auxilio judicial para exonerarle de aranceles y proteger a su familia.

Protección Integral
de la Familia

La separación familiar y la falta de recursos exigen una respuesta legal rápida y articulada. Garantizamos la defensa técnica en procesos de alimentos, tenencia y régimen de visitas, priorizando siempre el interés superior del menor y el resguardo de sus derechos fundamentales.

 

El Beneficio del Auxilio Judicial

Para evitar que las tasas y aranceles judiciales impidan demandar, solicitamos formalmente la gratuidad del trámite acreditando el estado de vulnerabilidad económica del hogar.

Este mecanismo procesal exonera el pago de aranceles en los procesos de tenencia y régimen de visitas ante el juzgado.

Permite a las familias de escasos recursos acceder a la tutela jurisdiccional sin poner en riesgo su subsistencia básica diaria.

Ruta Procesal y Estrategia de Defensa

Pensión de Alimentos Integral

Eje 1
  • Defensa del sustento, habitación, vestido, educación y salud del menor.
  • Cálculo bajo criterio de proporcionalidad y presunción de ingresos mínimos.
  • Medida cautelar de asignación anticipada para fijar pensión provisional inmediata.

    Preguntas Frecuentes

    Información clave, requisitos y alcances del patrocinio social para procesos de alimentos, tenencia y régimen de visitas.

    Documentación requerida para iniciar el trámite
    • Copia de DNI del solicitante y del menor de edad.
    • Partida de nacimiento original del menor (acredita la legitimidad y parentesco).
    • Sustento de gastos del menor: Boletas de educación, alimentación, recetas médicas y servicios.
    • Para Auxilio Judicial: Declaración jurada de ingresos/vulnerabilidad, constancia SIS/SISFOH y recibo de luz o agua.
    • Para Tenencia y Visitas: Constancias de estudios, informes o constancias de entorno seguro bajo su cuidado.
    ¿Cómo funciona la exoneración de tasas con el Auxilio Judicial?

    Conforme al artículo 179 del Código Procesal Civil, si no cuenta con los recursos necesarios para cubrir los aranceles judiciales en procesos de tenencia o visitas, solicitamos formalmente el Auxilio Judicial. Demostrando su condición de vulnerabilidad socioeconómica, el juzgado le concede la gratuidad total de los actos procesales para garantizar su acceso a la justicia.

    ¿Qué ocurre si el demandado alega no tener ingresos formales?

    En el derecho de familia peruano rige la presunción legal de ingresos. Si el obligado manifiesta no contar con empleo fijo o carece de boletas de pago, la normativa y jurisprudencia presumen judicialmente que tiene la capacidad de percibir, como mínimo, la Remuneración Mínima Vital (RMV), fijando la pensión sobre esa base de cálculo.

    ¿Se puede recibir una pensión antes de que termine el juicio?

    Sí. La subsistencia de un menor no puede esperar hasta la sentencia final. Por ello, solicitamos desde el primer escrito una medida cautelar de Asignación Anticipada de Alimentos, lo que permite fijar judicialmente un depósito mensual provisional a favor del niño desde el inicio del proceso.

    ¿Bajo qué criterios otorga el juez la tenencia del menor?

    El juez se fundamenta estrictamente en el Principio del Interés Superior del Niño (Código de los Niños y Adolescentes). No se premia a quien ostente mayores recursos económicos, sino al progenitor que brinde un entorno emocional, psicológico y familiar seguro, continuo y favorable para el desarrollo integral del hijo.